TEMATICA 4

De Humanitas Dignitate
O lo ilícito de comer carne humana
Por: José Reinel Sánchez*
"y es que para el animal
no hay un dios que lo bendiga."
Canción popular.
Desde hace algún tiempo, y muy especialmente después de enunciada la Declaración de los Derechos del Hombre el 10 de diciembre de 1948, se habla con mayor frecuencia de la dignidad de las personas. Eso se debe a que el enunciado de la dignidad humana sirve de base para la construcción de los principios constitucionales en los Estados Sociales de Derecho, los cuales promueven y defienden el buen vivir de sus asociados a partir del respeto a la persona y sus derechos.
A mi parecer la importancia de este concepto radica en que se concibe la dignidad humana como el fundamento de la estructura básica de la sociedad. No es posible pensar una sociedad con pretensiones de bien ordenada sin dar como válida la idea de que las personas que la componen merecen obligaciones morales.
Sin embargo, a pesar de la necesidad y de las ventajas que se tienen al considerar la existencia de tal dignidad se percibe un escepticismo de doble cuño que quiero destacar: de una parte, algunos creen que no vale la pena hablar de dignidad humana ni de derechos porque estos son violados permanentemente y de la manera más atroz. Quienes piensan así creen que insistir en eso sería sembrar esperanzas infundadas de una vida mejor. Por otra parte, otros desde una perspectiva naturalista, señalan que sí existe tal dignidad pero que no puede ser privilegio exclusivo de las personas y que debería ampliarse su radio de influencia hasta, al menos, los animales "superiores", o que debería aplicarse a la vida misma; señalan que pensar la dignidad de esa manera sólo ha servido para promover una vida humana alienada y arrogante frente a los problemas de los animales y de lanaturaleza entera. A este punto, muy especialmente, quiero referirme a lo largo de este trabajo en cuanto que, si bien hay sobradas razones para considerar que los animales y las plantas merecen un trato más considerado y/o menos cruel no es posible, desde una perspectiva racional, otorgarles un halo dignatario de la magnitud del que pensamos que debe tener el ser humano.
Lo anterior nos lleva a reflexionar acerca del tipo de obligación que tendríamos para con las otras especies, máxime si sabemos a ciencia cierta que nuestra vida depende en gran parte de la inmolación o el sacrificio de la vida de ellas. Esto quiere decir, simple y llanamente, que podemos comérnoslas lícitamente, situación que no sucede en nuestra relación con otros seres humanos de los cuáles también dependemos para vivir. De entrada descarto de la discusión moral cualquier tratamiento prudencial que obligue a limitar nuestra aproximación a la naturaleza y preferir para el debate las obligaciones morales más puras. Debo aclarar que, a pesar de la anterior afirmación, no deja de ser importante poseer actitudes prudenciales pues ellas podrían generar disposiciones moralizadoras (hacia los animales o la naturaleza) pero comparto la tesis de que una actitud prudencial no es una actitud moral y, además, tiene la gran dificultad de que la moralización de nuestros actos por esa vía es sólo una posibilidad.
Mi propósito aquí es: 1. argumentar a favor de la importancia de la concepción de la dignidad humana, especialmente de sus consecuencias a favor de los derechos de las personas y de desde esa perspectiva demostrar la dificultad de ampliar dicho concepto a los demás seres de la naturaleza; y, 2. proponer argumentos que puedan respaldar la idea de que los derechos de los animales, en caso de que estos les sean concedidos, corresponden a una nueva dimensión de los derechos humanos.
Aclaro que considero inadecuado el manejo que el ser humano hace de su entorno. Tal como hoy se percibe es catastrófico con la naturaleza y cruel con las otras especies animales y de seguir a ese ritmo las consecuencias serán apocalípticas. Por tanto, haré muy pocas referencias a este respecto. Estimo, además, que la situación no cambia arremetiendo en contra de la especie humana en términos de arrogante, de soberbia y/o de otros similares; una actitud como esta sólo llevaría a posiciones fundamentalistas que nos recordarían situaciones históricas poco deseables.
2. El concepto de dignidad.
Dado que la idea de la dignidad humana con todo su contenido conceptual y doctrinario ha ido penetrando de muchas maneras en la cultura viva es necesario tener presente que se ha hecho muy susceptible de ser manipulada y de ser utilizada como ideologema. Asociado a la idea de la dignidad humana se vende de todo, hasta los discursos más antihumanos. El problema con las ideas y los conceptos y todo lo que ellos implican es justamente ese. Y para tratar de no caer en un discurso ideológico tratemos de comenzar por donde se debe: por una aproximación al concepto.
Un diccionario enciclopédico popular define como "Digno" aquello "Que merece algo". Este merecimiento está enunciado de manera positiva al ser que lo merece: lo merecido, de alguna manera, es bueno. Cuando hablamos en términos de dignidad humana estamos hablando de algo que, de manera positiva le pertenece al ser humano y que se realiza en el respeto ¿Qué otra cosa podría merecer? Una pregunta que viene al caso es la que sigue: si merece respeto (o lo que merezca) ¿quién debe otorgárselo? Trataré de resolver esto de la siguiente manera: la dignidad del ser humano se ha construido desde la idea de que este ocupa un lugar privilegiado en la naturaleza, no importa por ahora si esto es así por haber sido creado a imagen y semejanza de Dios o por evolución natural. La idea de dignidad humana orienta a que el ser humano asuma los siguientes dos sentidos en su vivir: Por una lado, se encuentra el sentido que lo enaltece frente a los demás seres de la naturaleza facultándolo para que los utilice como recursos (o medios) para sostener su vida; y, por otro, promueve un tratamiento específico de respeto, igualdad y equidad entre los mismos hombres. Esto significa que debe dársele buen trato a su persona física y moral, se debe ser solidario con él y, por supuesto, preferirlo al momento de solucionar dilemas extremos frente a animales, plantas o cosas.
Pero de ¿dónde nos llega la idea de que los seres humanos tenemos una dignidad? En lo que concierne al primer sentido, anteriormente enunciado, no es posible responder la pregunta de manera positiva desde una parte de los implicados (los animales, las plantas, etc.), pues una voluntad de respeto moral hacia el ser humano sólo podría ser otorgada por seres que manifiesten signos de admiración respetuosa consciente. Este sería, pues, un atributo exclusivo de seres humanos. Pensar que los animales acatan su situación para enaltecer al ser humano nombrándolo como rey de la naturaleza es un exabrupto. Él se la otorga a sí mismo. Y otorgándosela se reafirma en su propio ser. Y con esto se resuelve el segundo sentido.
La dignidad humana es un principio metafísico y su importancia radica en que tiene efectos existenciales, políticos y de verdad. Ella hace referencia a un principio que pretende, primordialmente, sentar las bases de exigencia de ciertos comportamientos de la conducta humana en la manera de abordar la naturaleza, la manera como trata a los otros seres humanos y como cada individuo se trata a sí mismo. En este acto reflexivo, fundante, se establece un sistema de exigencias con pretensiones de incondicionadas tanto hacia su entorno social como hacia sí mismo y prima facie con respecto a la naturaleza.
La idea de dignidad es, pues, una creación de la mentalidad del ser humano para autovalorarse, no se trata de una categoría ontológica; esto quiere decir que este valor no tiene parangón alguno en la naturaleza que pueda servir de guía o de modelo, que no es posible ser demostrada matemáticamente ni tampoco puede exigírsele pruebas de laboratorio.
3. La idea de dignidad humana como restricción moral
En la idea de dignidad descansan la gran mayoría de los derechos que nos protegen y algunos proyectos políticos como los Estados sociales de Derecho. Así, pensar el derecho a la vida como el más elemental de los derechos exige que lo amparemos en una categoría como esa o en otra semejante. No tendría sentido no hacerlo así: ¿desde qué otro argumento, si vale la pena insistir en los argumentos, podemos reclamarnos un derecho a la vida para los seres humanos? Empédocles, en el siglo V a. c. insistió en la idea de que no podemos comer "carne animal"; dicha restricción abarcaba, por supuesto, el consumo de carne humana desde la escueta afirmación de que eso está mal. La nota importante de esta propuesta es que los animales y los seres humanos tienen derecho a vivir pero el sentido de esta afirmación realmente es que tienen el derecho a no ser comidos por un ser humano porque las restricciones morales, hasta donde se conoce, son exclusivamente humanas. La idea de dignidad, además, ampara otros derechos como lo es el derecho a la libertad de pensamiento, libertad de desarrollo personal, etc. Desde esta perspectiva la idea de dignidad opera como el fundamento de todo proyecto moral y obliga a un tratamiento especial para todos los seres humanos posibilitando que tengan esas potestades.
La teorización acerca de la dignidad humana es relativamente nueva. En la antigua Grecia no existe una menor aproximación a tal consideración. Hubo un consenso generalizado en torno a la idea de que el hombre poseía un alma racional y que debía comportarse como tal. Se trataba, más bien, de una exhortación permanente a que cada cual no se comportara como un "bárbaro" o como un "animal" pero en ningún momento se recurrió a la idea de que el ser humano era un ser que poseía una dignidad que obligara a que lo tratáramos de la mejor manera posible. Las aproximaciones al concepto de dignidad tal como la abordaron filósofos como Platón o Aristóteles se referían a "dignidad" social: nobleza, alcurnia. Sin embargo, esto no impide que la sentencia pronunciada por Empédocles en el sentido de que no se podía comer carne llevará el respaldo significativo de que hay algo que moralmente, así no estuviera definido claramente, impidiera que se consumiera lícitamente carne humana.
La idea de dignidad humana tiene su inicio en el cristianismo y los argumentos a su favor tomaron forma con el escolasticismo. Si bien es cierto que la idea de dignidad humana, en el sentido inicialmente señalado, sólo es presentada por Inmanuel Kant es Santo Tomás de Aquino quien le dio un carácter político y jurídico a la noción de persona, a su dignidad y con ella afloró la idea de que tenemos unos derechos naturales como lo es el derecho a la vida y a la integridad física para mencionar solamente el derecho base de nuestra discusión. En el Tratado de la justicia, Tomás de Aquino al referirse al dominio que ejercen los padres sobre los hijos y los señores sobre los siervos dice lo siguiente: "al hijo, en cuanto hijo, es algo del padre; igualmente el siervo, en cuanto siervo es del señor. Sin embargo, todos ellos, considerados como hombres, son algo subsistentes en sí mismos, y distintos de los demás". Ser subsistente en sí mismo y distinto de los demás quiere decir
que tiene prerrogativas propias, que es un fin en sí mismo.


Leer más: http://www.monografias.com/trabajos10/human/human.shtml#ixzz47AFH08Z3

No hay comentarios:

Publicar un comentario